PLAN DE NEGOCIO
RESUMEN
El plan de negocio consiste
en crear un local comercial donde se ponga en venta todo tipo de tecnología
moderna, usada e la vida diaria, como en las oficinas hogares, escuelas,
colegios , etc. Consiste en la compra y venta de diversos artículos de alta y
baja gama tecnológica que proporcionen rentabilidad económica, sabemos que en
la actualidad la tecnología impacta fuertemente y eso lleva a que la venta de
esa sea muy viable como fuente de negocio.
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
En la zona existen pocas
tiendas o locales que se dediquen a la venta de este tipo de mercancía, lo cual
ofreciendo buenos pecios puede llegar a ser rentable y muy comercial. En
realidad la tecnología no es un problema es más una solución la cual es buscada
para satisfacer alguna necesidad o mejorar su estilo de vida.
Matriz FODA
DESCRIPCIÓN DE LA IDEA / NEGOCIO
NOMBRE DEL PROYECTO O NEGOCIO
El local comercial llevará
por nombre “CENTRO TECNOLÓGICO MEGA”
PRODUCTOS
Se
ofrecerán productos de tecnología como:
- 1. Computadoras
- 2. Impresoras
- 3. Celulares
- 4. Equipos de sonido
- 5. Mini reproductores
- 6. Cámaras de video
- 7. Televisores
Electrodomésticos como:
- 1. Licuadoras
- 2. Estufas
- 3. Microondas
- 4. Sanducheras.
- 5. Tostadoras
- 6. Planchas
Si es posible y dependiendo el espacio
disponible se venderán artículos más
grandes como lavadores o refrigeradores (este tipo de artículos son opcionales
según la disposición y el físico del local
comercial).
METAS Y OBJETIVOS
La meta del proyecto es la venta y
compra de mercancía tecnológica de alto impacto comercial que genere como
ganancia mínima un 30 % sobre el valor del coste inicial.
Objetivos:
- 1. Comercializar en compra y venta de artículos tecnológicos.
- 2. Generar ganancia a partir de precios base.
- 3. venta de artículos nuevos de alta, media y baja calidad.
- 4. Compra de artículos usados aptos para ponerlos nuevamente en venta.
- 5. Venta de artículos usados en buenas condiciones.
ANÁLISIS DEL MERCADO
Sabemos que actualmente la tecnología tiene
un gran impacto en la vida de las personas, siempre se busca la comodidad o la
forma de hacer las cosas más fáciles por esta razón el mercado de la tecnología
es una buena opción de negocio que puede generar buenos ingresos económicos al
tener un mercado amplio.
ESTRATEGIA DE MERCADO
La clave es ofrecer productos llamativos,
lo más modernos posibles que enamoren a los clientes y los obliguen a comprar,
la tecnología e si es muy llamativa así que con buenos ofrecimientos y descuentos se lograra que el cliente
adquiera el producto.
También se ofrecerán descuentos para clientes especiales que cumplan ciertos requisitos o metas en compras.
Realización de eventos en fechas especiales que peritan adquirir clientela con ofrecimientos y descuentos especiales.
También se ofrecerán descuentos para clientes especiales que cumplan ciertos requisitos o metas en compras.
Realización de eventos en fechas especiales que peritan adquirir clientela con ofrecimientos y descuentos especiales.
PLAN GERENCIAL
En la comercialización de los productos la rentabilidad
por producto no debe ser menor al 30 %, a menos de que se requiera mover la
mercancía urgentemente para actualizar los productos, este estudio se realizara
a cada producto para establecer un precio al cual se le pueda aplicar un
descuento.
Cada producto estará
identificado con un código de venta que permita ver que se vende y que se
compra, de este modo se llevara un control de las ventas que se hacen y en caso
de un inventario solo se recurre a una
base de datos para analizar que hay y que hace fala.
ORGANIZACIÓN
1.
Estructura jurídica:
La empresa estará regida bajo la forma de persona natral, de
índole individual, registrada instaurada en la cámara de comercio como local
comercial de venta y compra de tecnología.
2.
Estructura orgánica:
ROLES Y FUNCIONES
Gerente general:
·
Ronal Fabian Muñoz Moreno
Contador público:
·
Juan Carlos Guzmán
Sistemas:
·
Ingeniero Jorge Estupiñan. (codificación y sistemas)
·
Angélica Blanco ( asistente de contabilidad)
Logística:
·
Henri Farfán (distribuidor y jefe de bodega)
·
Cristian Castellanos (distribuidor)
·
Sebastián Vargas ( asesor de ventas)
·
Carolina Monte Blanco (publicidad)
Guarda de seguridad:
·
Seguridad privada SATRT ( personal por asignar)
Cajeras:
·
María Cecilia flores
·
Andrea Carolina Parada
Técnico electrónico:
·
Andrés camilo fraile
Impulsadores:
·
José Fernando Marroquín
Aseo:
·
Carmen Toledo C.
·
Marcela Pedraza
MINUTA DE CONSTITUCIÓN
04 de noviembre de 2013
ARTÍCULO PRIMERO. Como empresario de la empresa unipersonal,
que mediante la presente minuta constituye, y hablando en su propio nombre, el
señor ROAL FABIAN MUÑOZ MORENO, colombiano, mayor de edad y vecino de la ciudad
de Bogotá D.C, identificado con la cédula de ciudadanía 1.049.636.240, expedida
en Tunja Boyacá con la siguiente dirección DG 129 B bis Nº 93 C – 12 de la
ciudad de Bogotá.
ARTÍCULO SEGUNDO. Razón Social. La empresa será unipersonal y
girará bajo la razón social (o denominación) de CENTRO TECNOLOGICO MEGA.
EMPRESA UNIPERSONAL.
ARTÍCULO TERCERO. Domicilio. El domicilio de la Empresa será
la ciudad de Bogotá, pero podrá crear sucursales, agencias o dependencias en
otros lugares del país, y del exterior por disposición del empresario y con
arreglo a la Ley.
ARTÍCULO CUARTO. Duración de la Empresa. La empresa durará
por el término de 5 años contados desde la fecha de este documento y se
disolverá por las siguientes causales: a) Por vencimiento del término de su
duración, si antes no fuere prorrogado válidamente; b) por la imposibilidad de
desarrollar la empresa, por la terminación de la misma o por la extinción de la
cosa o cosas cuya explotación constituyan sus objetos; c) Por decisión de
autoridad competente en los casos expresamente previstos en la Ley; d)Por
ocurrencia de pérdidas que reduzcan el capital por debajo del cincuenta por
ciento (50%) y, e) Por las demás causales señaladas por Ley.
ARTÍCULO QUINTO. Objeto. La empresa CENTRO TECNOLÓGICO MEGA
podrá realizar cualquier acto lícito de
comercio.
ARTÍCULO SEXTO. Capital-Cuotas. La empresa tendrá un capital
de cien millones de pesos moneda legal corriente ($ 100´000.000), representada
en 5 cuotas con un valor igual de veinte millones de pesos moneda legal ($
20´000.000) cada una. Este capital ha sido suscrito y pagado en su integridad,
así:
DESCRIPCIÓN
|
VR. CUOTA
|
Nº CUOTAS
|
%VALOR
|
EFECTIVO
|
20´000.000
|
5
|
25%
|
TOTALES
|
$ 100´000.000
|
La empresa declara haber recibido los aportes a su entera
satisfacción, tanto en dinero como en especie.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Cesión de Cuotas. El empresario tendrá
derecho a ceder total o parcialmente sus
cuotas a otras personas naturales o jurídicas, lo que implicará una reforma
estatutaria y por consiguiente se hará mediante documento escrito que se
inscribirá en el registro mercantil correspondiente. A partir de este momento
producirá efectos la cesión. El documento será otorgado por el cedente y el
cesionario y generará la transformación de la empresa en una persona jurídica
distinta de conformidad con los mandatos contenidos en el código de comercio.
ARTÍCULO OCTAVO. Administración. La administración de la
empresa estará a cargo de los siguientes órganos: a) El Gerente General RONAL
FABIAN MUÑOZ MORENO y b) Señora: CAROL YULIANA MUÑOZ
ARTÍCULO NOVENO. Gerente. Administrador. La empresa tendrá
un Gerente de libre nombramiento y remoción del empresario, el cual tendrá un
administrador que lo reemplazará en faltas absolutas, temporales o accidentales
y cuya asignación y remoción corresponderá también al empresario. El Gerente
tendrá un período de un (1) año, sin perjuicio de que pueda ser reelegido
indefinidamente o removido en cualquier tiempo. Para el primer período se
designa como Gerente al Señor RONAL FABIAN MUÑOZ MORENO, colombiano, mayor de
edad, vecino de la ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía
1.049.636.240, expedida en Tunja y en las faltas absolutas o temporales, lo
reemplazará el Administrador. Para el cargo de Administrador se designa a
CAROL YULIANA MUÑOZ MORENO, colombiana, mayor de edad y
vecina de la ciudad de Bogotá identificada con la cédula de ciudadanía
52.435.657 expedida en Bogotá, quienes en señal de aceptación firman el
presente documento (o quienes anexan sus correspondientes actas de aceptación).
ARTÍCULO DÉCIMO. Representante Legal. El Gerente es el
representante legal de la empresa con amplias facultades, por lo tanto, podrá
ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su encargo y
que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios de la
empresa. Además son atribuciones especiales del Gerente, las siguientes
funciones:
a) El uso de la firma o razón social.
b) Dirigir y vigilar las actividades de la empresa en todos
los campos e impartir las órdenes e instrucciones necesarias para lograr la
adecuada realización de los objetivos que aquella propone.
c) Designar los empleados que se requieran para el normal
funcionamiento de la empresa y señalarles su remuneración, excepto cuando se
trate de aquellos que por Ley y por estos estatutos deban ser designados por el
empresario.
d) Presentar un informe de su gestión al empresario en sus
reuniones ordinarias y el balance general al final del ejercicio con un proyecto
de distribución de utilidades.
e) Convocar al empresario a reuniones ordinarias y
extraordinarias, de acuerdo con lo previsto en estos estatutos y la Ley.
f) Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en
virtud de compromisos, cuando así lo autorice el empresario.
g) Constituir los apoderados judiciales necesarios para la
defensa de los intereses de la empresa.
PARÁGRAFO PRIMERO. No obstante en los asuntos jurídicos o
administrativos que tengan relación con conflictos de trabajo o que comprometan
las políticas de la empresa en materia laboral, la facultad para transigir,
conciliar, comprometer y desistir, estará reservada al empresario, y el Gerente
solo podrá constituir apoderados para tales asuntos con la previa autorización
escrita del empresario, en consecuencia en materia laboral las facultades
autónomas del Gerente conforme al presente artículo quedan restringidas al
manejo del personal de la empresa.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Cuando el administrador ejerza el cargo
de Gerente en virtud de lo dispuesto en los estatutos, tendrá las mismas
facultades y obligaciones que le asigne el empresario, el Gerente o estos
estatutos.
PARÁGRAFO TERCERO. El administrador en todo momento al igual
que en aquellos casos en que se
encuentre reemplazando en sus faltas absolutas, temporales o
accidentales al Gerente, requerirá autorización previa del empresario para la
ejecución de todo acto o contrato que exceda de quinientos mil pesos ($ 500.000) moneda legal vigente.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Balances y Estado de Pérdidas o
Ganancias. Anualmente al treinta y uno (31) de diciembre, se cortará las
cuentas y se hará el inventario y el balance general de fin de ejercicio que,
junto con el respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe del Gerente
General y un proyecto de distribución de utilidades, se presentará por éste a
la consideración del empresario.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Utilidades. Las utilidades se
justificarán en estados financieros elaborados de acuerdo con los principios de
contabilidad generalmente aceptados y dictaminados por un contador público
independiente.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Reserva Legal. La empresa formará
una reserva legal con el diez por ciento (10%) de las utilidades de cada
ejercicio, hasta completar el cincuenta por ciento (50%) del capital. En caso
de que este último porcentaje disminuyera, por cualquier causa, la sociedad
deberá seguir apropiando el mismo diez por ciento (10%) de las utilidades de
los ejercicios siguientes hasta cuando la reserva legal alcance nuevamente el
límite fijado.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Pérdidas. En caso de pérdidas, éstas
se enjugarán con las reservas que se hayan constituido para este fin y en su
defecto, con la reserva legal. Las reservas cuya finalidad fuera la de absorber
determinadas pérdidas no se podrán emplear para cubrir otras distintas, salvo
que así lo decida el empresario. Si la reserva legal fuere insuficiente para
enjugar el deficit de capital, se aplicarán a este fin los beneficios sociales
de los ejercicios siguientes.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Conversión a Sociedad. Cuando por
virtud de la cesión de cuotas o por cualquier otro acto jurídico, la empresa
llegare a pertenecer a dos o más personas, la empresa deberá convertirse en
sociedad comercial para lo cual, dentro de los seis (6) meses siguientes a la
inscripción de aquella en el registro mercantil se elaborarán los estatutos
sociales de acuerdo con la forma de la sociedad adoptada. Estos deberán
elevarse a escritura pública que se otorgará por todos los socios e inscribirse
en el registro mercantil. La nueva sociedad asumirá sin solución de
continuidad, los derechos y obligaciones de la empresa. Transcurrido dicho
término sin que se cumplan las formalidades aludidas, quedará disuelta de pleno
derecho y deberá liquidarse.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Disolución de la Empresa. En los
casos previstos en el código de
comercio, podrá evitarse la disolución de la empresa adoptando las
modificaciones que sean del caso, según la causal ocurrida, con observancia de
las reglas establecidas para las reformas de estatutos, a condición de que el
acuerdo se formalice dentro de los seis (6) meses siguientes a la ocurrencia de
la causal.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Liquidación. Disuelta la empresa se
procederá de inmediato a su liquidación, en la forma indicada en la Ley. En
consecuencia, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y
conservará su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la
inmediata liquidación. El nombre de la empresa (o su razón social según el caso),
una vez disuelta, se adicionará con la expresión “En Liquidación”, su omisión
hará incurrir a los encargados de adelantar el proceso liquidatario en las
responsabilidades establecidas en la Ley.
__________________________________
RONAL FABIAN MUÑOZ MORENO
CC: 1.049.636.240
PLAN DE OPERACIÓN:
La
mercancía se recibirá por el personal autorizado encargado de la bodega, con
todos los trámites de facturación legales, se debe registrar cada uno de los
productos entrantes asignándole un código de facturación de entrega, se
enviaran estos datos a administración para que sean registrados en el sistema
cada producto debe tener una etiqueta que lo identifique y de este modo tener
el control de la mercancía, los distribuidores se encargaran de ubicar
adecuadamente la mercancía indicando el tipo el producto y su descripción
incluyendo el código de entrega y el lugar donde fue ubicado el producto, la
mercancía se ofrecerá a los clientes por medio de los impulsadores bajo la supervisión del asesor de ventas, (
el asesor de ventas debe también cumplir la función de impulsador), los costos
de los productos estarán en la etiqueta del producto junto con el código que lo
identifica. Una vez el cliente decida adquirir el producto el impulsador
generara una factura de venta donde se colocara el código del producto con el
cual el cliente cancelara en caja el producto para luego ser entregado en la
recepción por parte de los distribuidores.
FINANCIACIÓN
La financiación se establece en porcentajes establecidos
así:
Un 10% será un préstamo familiar adquirido a 4 cuotas
mensuales.
Un 30% será inversión propia.
Y el 60% restante será adquirido por un préstamo bancario repartido en dos cuotas anuales con un porcentaje del
3%.